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Nuevo reglamento de la ley sobre uso de la bicicleta

El 03 de junio del presente año se publicó el D.S N° 012-2020-MTC que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30936, Ley que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible, modifica el Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo N° 033-2001-MTC y el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 034-2008-MTC.

La presente normativa modifica artículos e incorpora definiciones al Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC. Tener en cuenta que ya está vigente en nuestro país.

El reglamento de la Ley N° 30936, ley que promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible, tiene por objeto reglamentar la Ley N° 30936.

El reglamento tiene por finalidad fomentar el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible a través del desarrollo de medidas en materia de educación, trabajo, desarrollo urbano e infraestructura, en condiciones de seguridad, promoción y sensibilización, que permita el desplazamiento de las personas y la preservación del medio ambiente.

Su ámbito de aplicación es todo el territorio de la República, alcanza a las entidades públicas y privadas y a los/las ciudadanos/as en general en sus diversos roles como peatones/as, ciclistas y conductores/as de vehículos automotores.

El uso de la bicicleta como medio de transporte conlleva los derechos, obligaciones, infracciones y sanciones que establece el Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC.

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